El pasado tres de septiembre el Senado de la República aprobó por 101 votos a favor y dos en contra, la Ley de Revocación de Mandato, reglamentaria del artículo 35 constitucional, que fue impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador. La iniciativa fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis y, en su caso, aprobación.
Luego de modificar la propuesta del Ejecutivo Federal, en cuanto a la pregunta que será sometida a la consideración de la ciudadanía, la iniciativa propone que la pregunta sea la siguiente: “¿Estás de acuerdo en que a, en este caso se leerá Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o, que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?” Las dos posibles respuestas serán: “Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza” o; “Que siga en la Presidencia de la República”.
Tanto en la pregunta como en las respuestas, en cuanto a la pérdida de confianza, se ha dado un matiz parlamentario al tema, lo cual se inscribe en una lógica de complementariedad de ese sistema político, eminentemente europeo, con el presidencial que nos rige.
En la iniciativa se establece que el Instituto Nacional Electoral será el encargado de la organización, el desarrollo y el cómputo de la votación. Asimismo, el INE realizará el monitoreo de medios de comunicación, prensa y medios electrónicos, a fin de garantizar la equidad en los espacios informativos, de opinión y/o de difusión, asignados a la discusión del tema.
Cabe precisar que de acuerdo con la iniciativa del Senado, para que proceda una solicitud de Revocación de Mandato, se requiere del aval de al menos el tres por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, así como que estos estén distribuidos en por lo menos diecisiete entidades federativas, cada una aportando como mínimo el tres por ciento de sus respectivas listas nominales de electores.
Otro candado se encuentra en que, sólo cuando la declaratoria de validez emitida por el Tribunal Electoral, indique que la participación total de la ciudadanía fue al menos del 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para el titular de la Presidencia de la República. Este ejercicio cívico se podrá solicitar por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, de quien ostente el cargo.
En su caso, la votación se celebrará el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria, en fecha que no coincida con las jornadas electorales federales o locales. Finalmente cabe destacar por ahora que, los senadores aprobaron que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de Revocación de Mandato, lo cual puede terminar por opacar a la precaria organización ciudadana autónoma.
En esa tesitura, resulta básico que el INE se comprometa a promover una intensa y extensa discusión sobre el mandato que se pretende revocar, al margen de la polarización tradicional que caracteriza a las discusiones de los partidos políticos, pues no se puede esperar una votación copiosa y objetiva, sin una vasta información y una deliberación previa.
La formalización en el marco jurídico de este instrumento de participación ciudadana directa, es encomiable, en tanto, obligará al representante popular a una rendición de cuentas objetiva y oportuna sobre su labor, al tiempo que permitirá a la ciudadanía valorar la permanencia de un servidor público a la mitad de su mandato, sin tener que esperar otros tres años para, en su caso, reprobar dicha gestión.
No obstante y ya que se trata de una figura propia de la ciudadanía, la Cámara de Diputados, que aún revisará la iniciativa, en una muestra de autenticidad democrática, debería atar las manos a los partidos políticos y al propio Ejecutivo, en el proceso de promoción de la Revocación de Mandato, pues de lo contrario, habrá de suceder lo mismo que con otras figuras de participación ciudadana, como las Consultas Populares, que han quedado en manos de las propias autoridades y de los partidos políticos, quienes las habrán de invocar con fines de revancha.